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Tabasco · Sureste
Riesgo alto

Hotel y hospedaje
en Tabasco:
qué exige la ley

Un hotel y hospedaje en Tabasco responde ante dos autoridades a la vez: la Secretaría del Trabajo, con obligaciones idénticas en todo el país, y la protección civil de Tabasco, con reglas propias. Esta guía cruza ambas y te dice el número que tienes que cumplir, que siempre es el más exigente de los dos.

Por qué este giro

La mayoría de los hoteles medianos y grandes cae en riesgo alto conforme a la NOM-002-STPS-2010 por rebasar los 3,000 m² de superficie construida, lo que activa brigada obligatoria, dos simulacros al año y sistemas fijos contra incendio.

Lo distintivo de Tabasco

Es el estado cuya ley remite tres veces a un reglamento que nunca se expidió. El transitorio décimo primero ordenó publicarlo en 120 días a partir de enero de 2015 y once años después no existe; el único que circula es del 27 de mayo de 2000 y desarrolla la ley abrogada de 1998. Los artículos 41, 50 y 82 apuntan ahí. La consecuencia más dura está en las multas: el artículo 80 enuncia multa, clausura y arresto sin un solo monto, ni piso ni techo, con reincidencia al doble de una base que la propia ley no define. La cuantificación económica migró a la ley fiscal. Y en el estado más petrolero de México, la ley de protección civil no menciona el petróleo ni una vez: hidrocarburo, Pemex, ducto y refinería aparecen cero veces.

1 : 200 Extintores Uno por cada 200 m² o fracción
2 Simulacros al año Lo fija la NOM-002
Brigada obligatoria Por riesgo alto, NOM-002 §5.6
Sistemas fijos y alarma Por riesgo alto, NOM-002 §5.10
El cruce

Cuántos simulacros te tocan realmente

Es la pregunta que más confusión genera, porque cada autoridad da su propio número y nadie explica cómo se combinan.

AutoridadQué exigeFundamento
STPS — federal 2 al año NOM-002-STPS-2010 §5.7, por riesgo alto
Protección civil de Tabasco La norma estatal no fija mínimo Ley de Protección Civil del Estado de Tabasco
Lo que debes planear 2 al año Manda la NOM-002: el estado no llega a ese piso
No son listas que se sumen

Un mismo ejercicio puede servir a las dos autoridades siempre que el escenario, el alcance y la evidencia cumplan el requisito de ambas. Lo que no funciona es planear por el número menor: cubres a una autoridad y quedas descubierto ante la otra. Diseña el calendario una sola vez, contra el requisito más exigente.

Equipo mínimo

Qué equipo te exige la ley

Como este giro cae en riesgo alto, la NOM-002-STPS-2010 pide un extintor por cada 200 m² de superficie o fracción (numeral 7.17), sin exceder las distancias máximas de recorrido de su Tabla 1, medidas caminando y no en línea recta. El detalle de qué agente sirve para cada escenario de este giro, y cuál no, está en la guía nacional de hoteles.

  • Se coloca clase A en pasillos y habitaciones, clase B/C en cuartos de máquinas y eléctricos y clase K en la cocina del hotel.
  • La capacidad mínima es de 6 kg conforme al reglamento de construcción de la CDMX, tomado como base porque los valores cambian entre estados.
  • El recorrido máximo por reglamento de construcción es de 22 m, y por la NOM-002-STPS-2010 en riesgo ordinario es de 23 m para clase A, 15 m para clase B y 10 m para clase K; se cumple la regla más restrictiva de las dos.
  • La parte más alta del extintor queda a no más de 1.50 m sobre el nivel del piso.
  • En riesgo alto la densidad sube a un extintor por cada 200 m² frente a uno por cada 300 m² en riesgo ordinario.
  • La revisión es mensual y documentada, y el mantenimiento se hace al menos una vez al año conforme a la NOM-154-SCFI-2005.

En catálogo, la línea que más se mueve para este giro es detección y alarma. Conviene tener la clasificación de riesgo antes de cotizar: de ella dependen el número de extintores y si te aplican brigada y sistemas fijos.

Detección, alarma y sistemas fijos

  • La alarma sonora y visual es obligatoria en todos los hoteles, sin excepción por tamaño, conforme a la Tabla 4.4.1.1 del reglamento de construcción de la CDMX.
  • Los rociadores y las conexiones de manguera son obligatorios a partir de seis niveles, ya que la tabla exime únicamente hasta cinco niveles.
  • Cualquier nivel ocupable a más de 23 m sobre el nivel de acceso de los vehículos de bomberos requiere rociadores automáticos y conexiones de manguera.
  • La detección es opcional por tabla, pero obligatoria en ductos, vestíbulos de elevadores y cuartos de máquinas; los chutes de ropa y basura llevan rociadores.
  • La alarma por voz es obligatoria cuando el edificio supera los 23 m de altura.
  • Las conexiones de manguera se instalan a 63.5 mm en cubos de escalera protegidos y sin manguera montada, para evitar su uso por personal inexperto.
Trámite estatal

El Programa Interno en Tabasco

Quién lo autoriza

El Instituto de Protección Civil del Estado de Tabasco, un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios por el artículo 21, no una coordinación colgada de una secretaría. El reparto de competencias con los municipios quedó sin cerrar: el artículo 49 le da al Instituto los establecimientos de afluencia masiva, y el artículo 40 dice que estado y municipios conocerán de los programas internos y específicos respectivamente, dejando el deslinde fino al reglamento que nunca se expidió. El resultado es doble ventanilla real: el trámite estatal ante el IPCET y el municipal ante la coordinación del ayuntamiento, cada uno con su propio tarifario y su propio expediente.

Vigencia y revalidación

La ley no fija vigencia ni revalidación. La palabra vigencia aparece una sola vez en los 86 artículos, y refrendo y revalidación, ninguna. Pese a ello el artículo 110 fracción II de la Ley de Hacienda del Estado cobra 50 UMA, unos 5,866 pesos, por la renovación del dictamen y la autorización de programas internos: el estado cobra por renovar algo cuya periodicidad no fijó. Quien sí la fija es el municipio, y el que manda es Centro, que marca un año en el artículo 75 fracción IV de su reglamento.

Consultor registrado

Sí en la ventanilla, aunque la ley diga que no. El artículo 51 usa el verbo podrán: las empresas capacitadoras, los instructores independientes y las consultoras de riesgo-vulnerabilidad que se registren ante el Instituto podrán emitir la carta de corresponsabilidad, y el artículo 41 permite que tu propia unidad interna elabore el programa. Pero la ficha oficial del trámite del IPCET de 2026 pide carta de corresponsabilidad y copia de la acreditación vigente como tercero acreditado entre los documentos obligatorios, de modo que la autogestión queda neutralizada en los hechos. El registro estatal del tercero cuesta 100 UMA, unos 11,731 pesos, y su renovación 50 UMA.

Cuerpo de bomberos

Municipal, y absorbido dentro de la coordinación de protección civil del ayuntamiento. La palabra bombero no aparece ni una vez en los 86 artículos de la ley estatal, ni una sola vez en la Ley de Hacienda del Estado. El reglamento de Centro, es decir Villahermosa, crea una Subcoordinación de Bomberos junto a las de operación y prevención de riesgos. No existe ley estatal de bomberos ni cuerpo estatal: quien te inspecciona sale del mismo cuerpo que acude al incendio, y eso conviene tenerlo presente al preparar la visita.

El visto bueno de bomberos, la licencia de funcionamiento y el reglamento de construcción son en su mayoría municipales y cambian dentro del mismo estado. Confírmalos siempre con el ayuntamiento donde esté el inmueble. El marco estatal completo —incluida la ley aplicable con su fecha de reforma y el enlace al texto oficial— está en la ficha de Tabasco. Para el directorio de emergencia del Programa Interno tenemos 26 estaciones de bomberos documentadas en la entidad.

Salidas

Evacuación y señalización

  • Se requieren dos rutas de evacuación por nivel hasta 500 ocupantes, y la carga se calcula con 4.5 m² por persona en habitaciones.
  • El recorrido a una salida es de hasta 50 m sin rociadores y 100 m con rociadores, pero el recorrido común se limita a 10 m, el más restrictivo de todos los giros.
  • Los pasillos principales y los comunes a dos o más cuartos tienen ancho libre mínimo de 1,100 mm, con 5 mm de ancho por ocupante.
  • Las puertas de acceso principal miden al menos 1,200 mm, abaten en sentido de la evacuación si sirven a más de 50 ocupantes y llevan barra antipánico si sirven a más de 100.
  • La iluminación de emergencia entrega 100 luxes en escaleras y 10 luxes en el resto de las circulaciones.
  • Los edificios de más de 23 m requieren presurización o esclusas en los cubos de escalera.
  • Todas estas cifras provienen del reglamento de construcción de la CDMX, usado como referencia base; cada estado tiene su propio reglamento y los valores pueden diferir.
  • El plano de evacuación colocado en cada habitación es práctica estándar del sector, no un mandato federal identificado.
Personal

Brigadas y capacitación

Tu situación concreta

Al ser un giro de riesgo alto, la brigada contra incendio es obligatoria por el numeral 5.6 de la NOM-002-STPS-2010. La norma no fija un número mínimo de brigadistas: pide dimensionarla por trabajadores por turno, rotación entre turnos y resultados de los simulacros.

  • En riesgo ordinario basta un simulacro al año y la brigada contra incendio no es obligatoria por la NOM-002-STPS-2010.
  • En riesgo alto, donde cae la mayoría de los hoteles medianos y grandes, la brigada es obligatoria y los simulacros suben a dos al año, con plan de emergencias ampliado que incluye brigadas de primeros auxilios, comunicación y evacuación.
  • El personal de recepción, ama de llaves y seguridad se capacita en la evacuación de huéspedes con movilidad reducida y de huéspedes dormidos durante el turno nocturno.
  • La brigada debe estar operativa en los tres turnos y no solo en el matutino.
  • La documentación de la brigada y las listas de asistencia DC-3 forman parte del expediente que revisa el inspector federal.
Expediente

Qué te va a pedir el inspector

Lo que se sanciona no es solo incumplir: es no poder acreditarlo en el plazo que fije la autoridad. Los registros de la NOM-002 se conservan tres años y se aceptan en medio digital.

Clasificación del riesgo de incendio y croquis general con áreas de riesgo, rutas y ubicación del equipo contra incendio.
Programa Interno de Protección Civil vigente, aprobado o registrado ante protección civil local.
Bitácora mensual de extintores y constancia anual de mantenimiento conforme a la NOM-154-SCFI-2005.
Actas y evidencia fotográfica de los simulacros realizados.
Constancias DC-3 de los brigadistas.
Dictamen de la instalación eléctrica conforme a NOM-001-SEDE y de la instalación de gas L.P.
Certificado de pruebas del sistema de alarma y de los rociadores.
Dictamen estructural y de seguridad conforme al reglamento local aplicable.
Constancia del Programa Interno de Protección Civil registrado ante la autoridad de Tabasco
Lo que sale mal

Los tres errores que más se repiten en este giro

01
Salidas de emergencia cerradas por la noche

Se cierran con llave o cadena por temor a robos, justo en el horario de mayor riesgo. Viola directamente el numeral 7.16 de la NOM-002-STPS-2010 y el 4.3.7.1 inciso c del reglamento de construcción, que prohíben cerraduras que interfieran en el sentido de salida.

02
Confundir cinco niveles con cinco pisos

La exención de rociadores cubre hasta cinco niveles, no cinco pisos sobre banqueta. Al no contar el sótano o el estacionamiento como nivel, hoteles de seis o más niveles quedan sin rociadores obligatorios y sin saberlo.

03
Alarma ausente o únicamente sonora

La tabla del reglamento marca la alarma como obligatoria en todos los hoteles. La parte visual, indispensable para huéspedes con discapacidad auditiva y para quien duerme, es la que casi siempre falta en la instalación.

Seguir desde aquí

Los tres caminos que continúan esta guía

Esta página es el cruce de un giro con una entidad. Los otros dos ejes de la sección resuelven lo que aquí se resume: el detalle técnico del giro, que no cambia por estado, y el marco completo de Tabasco, que aplica a cualquier giro que operes en la entidad.

El mismo giro, otra entidad

Si tienes hotel y hospedaje en más de un estado

Las obligaciones federales viajan contigo; las de protección civil no. Cada entidad tiene su propia ley, su propia vigencia de Programa Interno y su propio padrón de consultores, así que una sucursal en regla en Tabasco no acredita nada en la de al lado. Estas son las fichas del mismo giro en Sureste.

Fuera de esta región están las demás entidades: el índice por estado de la guía de hoteles las lista las 32, con los simulacros ya cruzados en cada una.