Lo que decide tu presupuesto Coahuila reparte competencia por superficie, pero el reparto no libera del cobro municipal. El art. 13 fr. XV inciso f) limita al ayuntamiento a establecimientos de hasta 1,500 m² que no sean competencia del estado, y el art. 12 fr. IX inciso k) da al estado todo lo mayor. Para una nave de 10,000 m² la ventanilla competente es la estatal, y aun así ningún municipio de los diez revisados acredita ni exenta por dictamen estatal previo: Torreón y San Pedro cobran desde 75 m². Encima corre una tercera ventanilla, la contribución de bomberos, que no es un trámite sino una sobretasa que se cobra con el predial y que va del 1 por ciento en Saltillo, Torreón, Matamoros y San Pedro al 10 por ciento en Piedras Negras. Frontera es el único que no la establece en 2026. La dispersión de precios es la mayor del país: la misma nave de 10,000 m² cuesta 1,094 pesos en San Pedro y 79,952 en Ramos Arizpe, 73 veces más, porque Ramos Arizpe es el único que cobra por metro cuadrado y sin tope.
Estado de Coahuila
$588 a $28,515 por aforo - Trámite
- Revisión y dictamen del Programa Interno de Protección Civil ante la Subsecretaría de Protección Civil de la Secretaría de Gobierno. Es la ventanilla competente para todo inmueble mayor a 1,500 m², de afluencia masiva o incluido en el catálogo del art. 12 fr. IX.
- Dependencia
- Subsecretaría de Protección Civil de la Secretaría de Gobierno
- Vigencia
- El resolutivo se declara con vigencia de un año en el RETyS. Lo que la ley sí fija en un año es el visto bueno de la autodeclaratoria (art. 26 fr. VII); omitirla obliga a rehacer el programa completo.
- Resolución
- 30 días hábiles con afirmativa ficta (art. 23 LPA); el RETyS declara 15 días naturales
- Costo
- Escalonado por población afectable: 588 pesos de 1 a 10 personas, 2,286 de 11 a 50, 5,699 de 51 a 100, 11,409 de 101 a 500 y 28,515 de 501 en adelante. Fundamento: Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, art. 69 fr. XXXI incisos 3 a 7, reformado el 30 de diciembre de 2025.
Lo que pide de másDeclarar un aforo menor al real abarata el derecho pero es causa de rechazo y de infracción. Aparte se cobran la inspección solicitada en 9,389 pesos y la constancia de factibilidad en 10,202. El registro de consultores y peritos cuesta 19,529 según la Ley de Hacienda vigente, pero el RETyS cobra 23,934 citando la Ley de Hacienda de 2024: la diferencia de 4,405 pesos carece de fundamento actual y es impugnable.
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Saltillo
$1,262 a $13,821 con tope - Trámite
- Servicio de prevención en revisión íntegra de documentación para obtener el visto bueno de la autoridad, conocido en ventanilla como dictamen de seguridad y operación de construcción con sellado de planos.
- Dependencia
- Dirección de Protección Civil y Bomberos
- Vigencia
- Un año, alineada al visto bueno de la autodeclaratoria estatal
- Resolución
- 10 días hábiles según la ficha del RETyS
- Costo
- Cuota fija por rango de superficie con tope: 1,262 pesos de 50 a 200 m², 3,322 de 1,000 a 2,000, 4,360 de 2,000 a 3,000 y 13,821 de 3,001 m² en adelante, más 174 por certificación. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo para 2026, art. 19 fr. II.
Lo que pide de másEl tope es la buena noticia: una nave de 3,001 m² paga exactamente lo mismo que una de 100,000. Con la certificación son 13,995 pesos y ahí se acaba el cobro por tamaño. Cuidado con la ficha del RETyS, que sigue publicando de 853.50 a 10,096 pesos citando una ley anterior. Aparte corre la sobretasa de bomberos del 1 por ciento del predial y otra del 1.5 por ciento para el sistema municipal de protección civil.
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Ramos Arizpe
$8,264 a $33,052 + $4.69/m² - Trámite
- Dictamen o certificación en materia de protección civil, más revisión de planos cobrada por metro cuadrado, más dictamen del sistema fijo contra incendio cuando la nave tiene red de hidrantes o rociadores.
- Dependencia
- Dirección de Protección Civil
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos; aplica la vigencia anual estatal
- Resolución
- No publicada
- Costo
- Tarifario por tipo: 8,264 pesos industria de bajo riesgo y 33,052 industria de alto riesgo, gaseras y gasolineras, más 4.69 pesos por m² de revisión de planos sin tope publicado, más 16,526 por el dictamen del sistema fijo contra incendio. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Ramos Arizpe para 2026, art. 23 fr. III nums. 1 y 4 y fr. IV.
Lo que pide de másEs el municipio más caro del estado y el único que cobra por metro cuadrado sin tope: una nave de 10,000 m² paga 46,900 pesos sólo de revisión de planos, y con el dictamen de industria de alto riesgo llega a 79,952. Una planta de 50,000 m² pagaría 234,500 sólo por ese concepto. El salto de bajo a alto riesgo es de cuatro veces y el criterio de clasificación no está publicado. El registro en el padrón municipal de prestadores cuesta 6,610 pesos y es el precio de entrada para firmar programas aquí.
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Torreón
$3,650 + $3,370 dictamen - Trámite
- Inspección, verificación y en su caso autorización del programa de protección civil, incluyendo programa interno, plan de contingencias o programa especial; más dictamen de riesgo para construcciones de más de 75 m².
- Dependencia
- Dirección de Protección Civil
- Vigencia
- Año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre, con revalidación anual del programa según el reglamento municipal
- Resolución
- De 10 a 15 días hábiles según el portal municipal
- Costo
- 3,650 pesos el programa interno y 3,370 el dictamen de riesgo de construcción, que es cuota fija para cualquier obra mayor a 75 m². Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Torreón para 2026, art. 33 frs. III y VIII.
Lo que pide de másEl portal municipal cobra 4,932 pesos por el ingreso a revisión y la ley dice 3,650 más 1,041 del simulacro: 241 pesos sin explicación. Torreón exige registro municipal propio de terceros acreditados y de peritos, 5,208 pesos cada uno, además del estatal. Su Ley de Ingresos 2026 todavía cobra 4,630 pesos por verificar la NOM-002-STPS-2000, norma abrogada desde 2010. Y su reglamento fija multas de 10 a 16,000 UMA mientras la Ley de Ingresos las limita a 300: prevalece la ley del Congreso.
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Frontera
$1,727 a $2,227 por tamaño - Trámite
- Dictamen y verificación y en su caso autorización del programa de protección civil, con tarifa escalonada por tamaño de empresa, más dictamen de nuevas construcciones, ampliaciones o modificaciones.
- Dependencia
- Protección Civil municipal
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada; el pago se hace al solicitar el servicio
- Costo
- 1,727 pesos microempresas, 1,927 medianas y 2,227 macroempresas, más 2,227 por el dictamen de nueva construcción y 1,448 por inspección a establecimientos grandes. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Frontera para 2026, art. 16 frs. III y VI.
Lo que pide de másEs el único de los diez municipios revisados que escalona el programa interno por tamaño de empresa en vez de por superficie, y el único que no establece contribución de bomberos en 2026. El pago es por adelantado: el art. 16 ordena pagar en la Tesorería en el momento en que se solicita el servicio, antes del dictamen. Sí cobra por metro cuadrado de patios y obras exteriores, pero por la vía de obras públicas: 25 por ciento de la tarifa industrial.
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Piedras Negras
$3,100 + $519 inspección - Trámite
- Dictamen de autorización del programa de protección civil, incluyendo programa interno, plan de contingencias o programa especial.
- Dependencia
- Dirección de Protección Civil
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada
- Costo
- 3,100 pesos el dictamen del programa y 519 la inspección de medidas de seguridad básicas. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Piedras Negras para 2026, art. 19 frs. III y VI.
Lo que pide de másEl municipio cobra 2,065 pesos por asesorar sobre el mismo programa interno que después dictamina. La contribución de bomberos es la más agresiva del estado: 10 por ciento del impuesto predial o 31.20 pesos anuales, lo que resulte mayor, diez veces la de Saltillo. En licencia de construcción sí cobra por metro cuadrado de patio de maniobras, 9.27 pesos, aunque por la vía de desarrollo urbano.
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Sabinas
$3,495 + $440 inspección - Trámite
- Dictamen y verificación y en su caso autorización del programa de protección civil, incluyendo programa interno, plan de contingencias o programa especial.
- Dependencia
- Protección Civil municipal
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada
- Costo
- 3,495 pesos el dictamen del programa y 440 la inspección de protección civil. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Sabinas para 2026, art. 25 frs. II y V.
Lo que pide de másTarifario simple: no cobra registro de consultores ni de terceros acreditados, a diferencia de Torreón, Matamoros y Ramos Arizpe. La contribución de bomberos es del 5 por ciento del predial, la segunda más alta del estado después de Piedras Negras.
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Matamoros
$3,055 + $614 factibilidad - Trámite
- Dictamen y verificación y en su caso autorización del programa de protección civil, más revisión de construcciones y carta de factibilidad.
- Dependencia
- Protección Civil municipal
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada
- Costo
- 3,055 pesos el programa interno y 614 la revisión de construcciones y carta de factibilidad; el dictamen de prevención de riesgos en edificios comerciales cuesta 1,238 más. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Matamoros para 2026, art. 24 frs. III y VII.
Lo que pide de másCobra 3,284 pesos por el registro de capacitadores externos y 725 por cada inspección extra solicitada por la empresa, así que las visitas adicionales se facturan una por una. La reforma del 10 de julio de 2026 a su Ley de Ingresos tocó bebidas alcohólicas, no protección civil.
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Ciudad Acuña
$2,738 + 5 UMA inspección - Trámite
- Dictamen de autorización del programa de protección civil, incluyendo programa interno, plan de contingencias o programa especial.
- Dependencia
- Protección Civil municipal
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada
- Costo
- 2,738 pesos el dictamen del programa, más 5 UMA por la inspección de medidas de seguridad básicas, unos 587 pesos con la UMA de 117.31. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Acuña para 2026, art. 21 frs. I y IV.
Lo que pide de másEs el único de los diez que mezcla cuotas en pesos y cuotas en UMA dentro del mismo artículo, así que parte del tarifario se recalcula cada febrero cuando el INEGI publica el nuevo valor. La contribución de bomberos es del 2 por ciento del predial, el doble que en Saltillo y Torreón.
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Monclova
$2,063 + $1,117 inspección - Trámite
- Dictamen y en su caso autorización del programa de protección civil, incluyendo programa interno, plan de contingencias o programa especial.
- Dependencia
- Departamento de Protección Civil y Bomberos
- Vigencia
- No publicada en la Ley de Ingresos
- Resolución
- No publicada
- Costo
- 2,063 pesos el dictamen del programa y 1,117 la inspección cuando la realiza el propio Departamento. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de Monclova para 2026, art. 26 frs. III y VI.
Lo que pide de másDe los más baratos del estado en el dictamen del programa y de los más caros en el dictamen para permisos de la Sedena, 8,823 pesos. Su contribución de bomberos es la única cobrada por superficie del predio: 40 pesos anuales por cada 1,000 m² o fracción, 400 pesos al año para un predio industrial de 10,000 m².
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San Pedro
$108 a $1,094 en rango - Trámite
- Dictamen de seguridad para establecimientos comerciales y dictamen de riesgo para construcciones de más de 75 m². El municipio no publica cuota para el programa interno.
- Dependencia
- Protección Civil municipal
- Vigencia
- El dictamen de riesgo aplica durante el tiempo que dure la edificación
- Resolución
- No publicada
- Costo
- De 108 a 1,094 pesos, en rango y sin criterio publicado para asignar dentro de él; la inspección para prevención de riesgos en edificios comerciales cuesta 1,761. Fundamento: Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro para 2026, art. 28 fr. III nums. 3 y 4 y art. 29 fr. II.
Lo que pide de másEs el municipio más barato del estado y el único que no publica cuota para el programa interno: cobrarlo sin fundamento en la Ley de Ingresos sería exigible de nulidad. Además su art. 28 funda los derechos de protección civil en la Ley General del Equilibrio Ecológico y en la ley ambiental estatal en vez de en la de protección civil, un defecto de fundamentación aprovechable en defensa. El rango de diez a uno sin criterio publicado es el mayor foco de discrecionalidad del estado.
Ver la fuente oficial Los reglamentos municipales se reforman sin aviso y varios no publican tarifa. Confirma el costo y la vigencia en la ventanilla del municipio donde esté el inmueble antes de presupuestar: lo de aquí sirve para saber qué preguntar, no para dar por hecho.