Cumplimiento contra incendios
para empresas en
Durango
Las obligaciones federales de la NOM-002-STPS-2010 aplican igual en todo el país. Lo que cambia de un estado a otro es el carril de protección civil: quién autoriza tu Programa Interno, cuánto dura, cuántos simulacros te exigen y si necesitas un consultor con registro. Esto es lo que aplica en Durango.
La reforma de diciembre de 2025 amarró la validación anual del programa interno a la vigencia de la licencia de funcionamiento: sin PIPC validado ese año, el permiso de operación queda en riesgo. Es además el único estado con padrón de consultores estratificado en tres niveles: contratar a un consultor Nivel 2 para una empresa de riesgo alto invalida el trámite.
Cubre el marco estatal. Los trámites de apertura, el visto bueno de bomberos y el reglamento de construcción son en su mayoría municipales y cambian dentro del mismo estado: verifícalos siempre con el ayuntamiento donde esté el inmueble. Última revisión: 5 de agosto de 2026.
Lo que exige Durango
Ley de Protección Civil del Estado de Durango
POE 28 de diciembre de 2017 · última reforma 14 de diciembre de 2025 · Reglamento 2 de mayo de 2019La Coordinación Estatal o la Municipal según competencia, con el reparto atado al nivel de riesgo. El art. 42, reformado en diciembre de 2025, señala que los programas internos serán revisados, validados y registrados por la autoridad correspondiente de forma anual, adecuados al nivel de riesgo según actividad económica, peligrosidad y exposición de los trabajadores.
Anual. El art. 42 exige revisión, validación y registro anuales, y la reforma de diciembre de 2025 añadió que la validación anual es requisito indispensable para la vigencia de autorizaciones, licencias o permisos vinculados a la operación del establecimiento.
Al menos dos al año, con distintas hipótesis de riesgo (Reglamento, art. 47 fr. V). La ley no fija número.
Integrado con protección civil a nivel municipal: las coordinaciones municipales prestan los servicios de emergencia a través de su departamento de bomberos (art. 67). Se reconocen además cuerpos voluntarios acreditados por la Escuela Estatal de Protección Civil. No se localizó ley estatal de bomberos separada.
Sí, obligatorio, con registro expedido por la Coordinación Estatal y carta de corresponsabilidad (arts. 43 y 44). El padrón se divide en tres niveles: Nivel 1 solo capacitación, Nivel 2 capacitación y PIPC de riesgo ordinario, Nivel 3 riesgo alto, programas especiales y estudios de riesgo. Vigencia anual.
Qué necesita tu giro en Durango
Las cifras de cada tarjeta ya combinan las dos autoridades: el mínimo de simulacros es el más exigente entre lo que pide la NOM-002 según el riesgo del giro y lo que exige Durango. Entra a la guía de tu giro para el detalle de equipo, evacuación y expediente.
La grasa ardiendo no se apaga con polvo
Huéspedes dormidos que no conocen la ruta
Dos clasificaciones de riesgo, no una
La carga de fuego sube con cada tarima
El paciente no evacúa por su propio pie
Dos regímenes distintos bajo el mismo techo escolar
Aforo masivo con salidas que se obstruyen
Riesgo alto siempre, con ignición por estática
Una oficina en piso dos ya requiere rociadores
Cualquier cantidad de pirofórico ya es riesgo alto
La clasificación de riesgo de cada tarjeta es la típica del giro conforme a la Tabla A.1 de la NOM-002-STPS-2010. Tu caso concreto se determina con tu superficie construida y tus inventarios reales: un restaurante de más de 3,000 m² es riesgo alto aunque el giro suela ser ordinario.
En 2 de los 10 giros el piso de simulacros que fija Durango supera al de la NOM-002. Ahí el número que manda es el estatal: restaurantes, oficinas.
La guía nacional de cada giro
Las tarjetas de arriba resuelven Durango. Si lo que necesitas es el detalle técnico del giro —qué agente extintor sirve y cuál no, qué normas le aplican con su estatus real, qué se le atribuye a una NOM sin estar en ella— esa parte no cambia por entidad y vive en la guía nacional.
Lo federal aplica igual, vivas donde vivas
Todo lo anterior es el carril de protección civil. En paralelo corre el carril laboral federal, que no cambia por estado y que la Secretaría del Trabajo verifica por inspección sorpresa, sin licencia previa. Cumplir con uno no acredita el otro.
La NOM-002-STPS-2010 clasifica tu centro de trabajo en riesgo ordinario o alto, y de ahí cuelga todo: cuántos extintores, si necesitas brigada, cuántos simulacros federales y si te exigen sistemas fijos. Basta superar uno de estos umbrales para ser riesgo alto:
| Concepto | Ordinario | Alto |
|---|---|---|
| Superficie construida | Menor de 3 000 m² | Igual o mayor de 3 000 m² |
| Inventario de gases inflamables | Menor de 3 000 L | Igual o mayor de 3 000 L |
| Inventario de líquidos inflamables | Menor de 1 400 L | Igual o mayor de 1 400 L |
| Inventario de líquidos combustibles | Menor de 2 000 L | Igual o mayor de 2 000 L |
| Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliario | Menor de 15 000 kg | Igual o mayor de 15 000 kg |
| Materiales pirofóricos y explosivos | No aplica | Cualquier cantidad |
Los simulacros que exige Durango y los que exige la NOM-002 no son listas separadas que haya que duplicar, pero tampoco son automáticamente el mismo ejercicio: dependen de que el escenario, el alcance y la evidencia sirvan para ambas autoridades. Lo sensato es diseñar el calendario una sola vez, cubriendo el requisito más exigente de los dos.
Tres verificaciones que evitan repetir el trámite
Otros estados de la misma región
Si operas en más de una entidad, revisa cada una: comparten región, no normativa. El padrón de consultores tampoco es nacional, así que un tercero acreditado en Durango no habilita tu programa en el estado de al lado.
Ninguna de las 8 regiones comparte criterio normativo: es un agrupamiento geográfico, no jurídico. El índice completo de las 32 entidades está en el centro de cumplimiento, con buscador y filtros por consultor obligatorio y por número de simulacros.
Aviso. Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. La normativa cambia y muchos requisitos varían por estado y municipio: verifica siempre con la autoridad local antes de tomar decisiones. Esta ficha cubre el marco estatal; los trámites municipales varían dentro del mismo estado. Última revisión normativa de esta ficha: 5 de agosto de 2026.