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Por giro de negocio
Riesgo alto siempre, con ignición por estática

Protección contra incendios
en gasolinera y estación de servicio

Cualquier estación de servicio rebasa por mucho el umbral de 1,400 L de líquidos inflamables de la Tabla A.1, por lo que su clasificación conforme a la NOM-002-STPS-2010 es riesgo alto sin discusión. Eso significa brigada contra incendio obligatoria, dos simulacros al año y sistemas fijos contra incendio con alarma. El escenario de ignición más documentado del giro es la descarga del autotanque sin puesta a tierra, por lo que el control de electricidad estática y la instalación eléctrica a prueba de explosión en áreas clasificadas son el núcleo técnico. El cumplimiento sectorial se acredita con dictamen de unidad de verificación acreditada y aprobada.

Cómo clasifica la NOM-002 este giro

La estación de servicio es riesgo alto conforme a la NOM-002-STPS-2010 por el inventario de líquidos inflamables, que supera varias veces los 1,400 L de la Tabla A.1; ninguna estación, por pequeña que sea, puede clasificarse como riesgo ordinario.

Alcance de esta guía

Cubre la obligación federal de la STPS y, donde se indica, el reglamento de construcción de la Ciudad de México como referencia base. Cada estado tiene el suyo y los números cambian. Última revisión: 5 de agosto de 2026.

Marco aplicable

Las normas que le aplican a este giro

No todas pesan igual. Las NOM son obligatorias por ley; las normas extranjeras y los estándares de industria solo se vuelven exigibles cuando una NOM los referencia, cuando el reglamento local los adopta o cuando la aseguradora los pone en la póliza.

NOM-005-ASEA-2016 Obligatoria

Regula el diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.

NOM-002-STPS-2010 Obligatoria

Clasifica la estación como riesgo alto y le impone brigada, dos simulacros al año, sistemas fijos y alarma de incendio.

NOM-022-STPS-2015 Obligatoria

Regula el control de la electricidad estática en la descarga del autotanque y en los dispensarios.

NOM-001-SEDE-2012 Obligatoria

Rige la instalación eléctrica en áreas clasificadas, que debe ser a prueba de explosión y verificarse por unidad verificadora.

NOM-003-SEGOB-2011 Obligatoria

Rige la señalización de protección civil de rutas, salidas, extintores y punto de reunión.

El matiz que casi nadie explica

Antes de que te vendan de más

Ninguna estación de servicio puede sostener una clasificación de riesgo ordinario: el inventario de líquidos inflamables la coloca en riesgo alto desde el primer día y con ello activa el régimen completo de brigada, dos simulacros y sistemas fijos. Además, el cumplimiento de la NOM-005-ASEA-2016 no se autodeclara: se acredita con dictamen emitido por unidad de verificación acreditada y aprobada, que es el documento que revisa la autoridad sectorial.

Requisitos

Extintores y agentes

  • Al ser riesgo alto, la NOM-002-STPS-2010 exige un extintor por cada 200 m² de superficie construida.
  • El recorrido máximo para fuego clase B en riesgo alto es de 10 m, o hasta 15 m siempre que el extintor sea del tipo móvil.
  • Para clases A, C y D el recorrido máximo es de 23 m.
  • La parte más alta del extintor se instala a no más de 1.50 m sobre el nivel de piso.
  • La revisión es mensual y documentada y el mantenimiento se realiza al menos una vez al año conforme a la NOM-154-SCFI-2005.
  • Todo el personal despachador debe saber ubicar los extintores y accionar el paro de emergencia.
Requisitos

Detección, alarma y sistemas fijos

  • Por tratarse de riesgo alto, los sistemas fijos contra incendio y la alarma de incendio son obligatorios conforme al numeral 5.10 de la NOM-002-STPS-2010.
  • La puesta a tierra y el control de electricidad estática conforme a la NOM-022-STPS-2015 son obligatorios en la descarga del autotanque y en los dispensarios, que es el punto de ignición más probable.
  • La instalación eléctrica en áreas clasificadas debe ser a prueba de explosión conforme a la NOM-001-SEDE-2012 y estar verificada por unidad de verificación de instalaciones eléctricas.
  • Los paros de emergencia deben estar accesibles, señalizados y probados.
  • En el reglamento de construcción de la CDMX la estación cae en servicios urbanos u otros, donde el proyectista especifica los dispositivos conforme a la nota de la Tabla 4.4.1.1; el reglamento de cada estado puede resolverlo de otra manera.
Requisitos

Evacuación y señalización

  • La NOM-002-STPS-2010 exige rutas de evacuación libres de obstáculos y una distancia no mayor de 40 m desde el punto más alejado.
  • Las puertas de salida de emergencia abren en el sentido del flujo mediante operación simple de empuje, sin candados ni cerraduras que impidan su uso.
  • Las áreas de riesgo alto requieren puertas resistentes al fuego.
  • Debe haber iluminación de emergencia donde no exista luz natural suficiente.
  • La señalización se rige por la NOM-003-SEGOB-2011 para protección civil y por la NOM-026-STPS-2008 para colores, señales de seguridad e identificación de riesgos por fluidos en tuberías.
  • Los paros de emergencia deben estar señalizados y ubicados de modo que cualquier despachador pueda accionarlos sin recorrer la pista.
Requisitos

Brigadas, simulacros y capacitación

  • El riesgo alto obliga a brigada contra incendio y a dos simulacros al año conforme a la NOM-002-STPS-2010.
  • El numeral 11.3 exige capacitación en procedimientos de emergencia, nociones de rescate, operación del equipo contra incendio y manejo de materiales peligrosos.
  • El entrenamiento debe cubrir escenarios específicos: derrame en pista, incendio en dispensario y maniobra segura de descarga de autotanque.
  • Todo el personal despachador debe saber ubicar y accionar el paro de emergencia y los extintores.
  • Conviene formalizar convenio de ayuda mutua con los bomberos locales dentro del plan de atención a emergencias.
Expediente

Qué te va a pedir el inspector

En una inspección lo que se sanciona no es solo incumplir: es no poder acreditarlo documentalmente dentro del plazo señalado. Esta es la carpeta mínima de este giro.

Permiso de la Comisión Reguladora de Energía para expendio al público de petrolíferos.
Dictamen de cumplimiento de la NOM-005-ASEA-2016 emitido por unidad de verificación acreditada y aprobada.
Dictamen eléctrico por unidad de verificación de instalaciones eléctricas para las áreas clasificadas.
Pruebas de hermeticidad de tanques y líneas.
Clasificación de riesgo conforme a la NOM-002-STPS-2010, croquis y plan de atención a emergencias.
Bitácora mensual de extintores y constancia del mantenimiento anual.
Registros de los dos simulacros anuales y constancias DC-3 de brigadistas.
Acta de verificación de la STPS, dictamen de unidad verificadora o acta de protección civil local, conforme al numeral 5.11 de la NOM-002, más el Programa Interno de Protección Civil vigente.
Lo que sale mal

Los tres errores que más se repiten

01
Clasificarse como riesgo ordinario

Es frecuente en estaciones pequeñas que se consideran de bajo movimiento. Cualquier gasolinera rebasa por mucho los 1,400 L de líquidos inflamables de la Tabla A.1, de modo que le aplican brigada obligatoria, dos simulacros al año y sistemas fijos contra incendio.

02
Descarga de autotanque sin puesta a tierra

La conexión falta, está dañada o el personal no la conecta por prisa. Es el escenario de ignición más documentado del giro y está expresamente cubierto por la NOM-022-STPS-2015 sobre electricidad estática.

03
Extintores insuficientes o mal ubicados en pista

Se dejan a más de 10 m de recorrido para fuego clase B, cuando en riesgo alto esa es la distancia máxima salvo que el extintor sea del tipo móvil. Se acompaña de bitácoras mensuales sin firmar, que invalidan la evidencia ante el inspector.

El carril estatal

Lo que le exige cada estado a una gasolinera y estación de servicio

Todo lo anterior es la obligación federal de la NOM-002-STPS-2010, idéntica en las 32 entidades. En paralelo corre el carril de protección civil, que sí cambia de un estado a otro: quién autoriza tu Programa Interno, cuánto dura, cuántos simulacros te exigen y si necesitas un consultor con registro estatal.

Cada ficha de abajo cruza las dos autoridades para este giro en concreto y publica el número que realmente tienes que planear, que siempre es el más exigente de los dos. La cifra al lado de cada estado son los simulacros anuales resultantes de ese cruce.

Dónde no basta con cumplir la NOM

Una gasolinera y estación de servicio necesita, por la NOM-002, pide 2 simulacros al año. En 4 entidades la ley estatal pide más, y ahí el número que manda es el estatal: Morelos (6), Colima (4), Baja California (3), Jalisco (3).

Península 1

Las fichas con borde punteado están en verificación contra el texto legal consolidado y salen con noindex: úsalas como orientación y confírmalas con la autoridad estatal. También puedes entrar por el índice de las 32 entidades y elegir el giro desde ahí.

Qué comprar

El equipo que resuelve estos requisitos

Los requisitos de arriba se traducen en equipo concreto. La línea que más pesa en este giro es extintores y extinción, pero casi ninguna instalación se resuelve con una sola categoría. Antes de cotizar conviene tener la clasificación de riesgo de incendio hecha: de ese estudio dependen el número de extintores, la brigada y los sistemas fijos, y es lo primero que pide el inspector.