Protección contra incendios
en gasolinera y estación de servicio
Cualquier estación de servicio rebasa por mucho el umbral de 1,400 L de líquidos inflamables de la Tabla A.1, por lo que su clasificación conforme a la NOM-002-STPS-2010 es riesgo alto sin discusión. Eso significa brigada contra incendio obligatoria, dos simulacros al año y sistemas fijos contra incendio con alarma. El escenario de ignición más documentado del giro es la descarga del autotanque sin puesta a tierra, por lo que el control de electricidad estática y la instalación eléctrica a prueba de explosión en áreas clasificadas son el núcleo técnico. El cumplimiento sectorial se acredita con dictamen de unidad de verificación acreditada y aprobada.
La estación de servicio es riesgo alto conforme a la NOM-002-STPS-2010 por el inventario de líquidos inflamables, que supera varias veces los 1,400 L de la Tabla A.1; ninguna estación, por pequeña que sea, puede clasificarse como riesgo ordinario.
Cubre la obligación federal de la STPS y, donde se indica, el reglamento de construcción de la Ciudad de México como referencia base. Cada estado tiene el suyo y los números cambian. Última revisión: 5 de agosto de 2026.
Las normas que le aplican a este giro
No todas pesan igual. Las NOM son obligatorias por ley; las normas extranjeras y los estándares de industria solo se vuelven exigibles cuando una NOM los referencia, cuando el reglamento local los adopta o cuando la aseguradora los pone en la póliza.
Regula el diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.
Clasifica la estación como riesgo alto y le impone brigada, dos simulacros al año, sistemas fijos y alarma de incendio.
Regula el control de la electricidad estática en la descarga del autotanque y en los dispensarios.
Rige la instalación eléctrica en áreas clasificadas, que debe ser a prueba de explosión y verificarse por unidad verificadora.
Rige la señalización de protección civil de rutas, salidas, extintores y punto de reunión.
Antes de que te vendan de más
Ninguna estación de servicio puede sostener una clasificación de riesgo ordinario: el inventario de líquidos inflamables la coloca en riesgo alto desde el primer día y con ello activa el régimen completo de brigada, dos simulacros y sistemas fijos. Además, el cumplimiento de la NOM-005-ASEA-2016 no se autodeclara: se acredita con dictamen emitido por unidad de verificación acreditada y aprobada, que es el documento que revisa la autoridad sectorial.
Extintores y agentes
- Al ser riesgo alto, la NOM-002-STPS-2010 exige un extintor por cada 200 m² de superficie construida.
- El recorrido máximo para fuego clase B en riesgo alto es de 10 m, o hasta 15 m siempre que el extintor sea del tipo móvil.
- Para clases A, C y D el recorrido máximo es de 23 m.
- La parte más alta del extintor se instala a no más de 1.50 m sobre el nivel de piso.
- La revisión es mensual y documentada y el mantenimiento se realiza al menos una vez al año conforme a la NOM-154-SCFI-2005.
- Todo el personal despachador debe saber ubicar los extintores y accionar el paro de emergencia.
Detección, alarma y sistemas fijos
- Por tratarse de riesgo alto, los sistemas fijos contra incendio y la alarma de incendio son obligatorios conforme al numeral 5.10 de la NOM-002-STPS-2010.
- La puesta a tierra y el control de electricidad estática conforme a la NOM-022-STPS-2015 son obligatorios en la descarga del autotanque y en los dispensarios, que es el punto de ignición más probable.
- La instalación eléctrica en áreas clasificadas debe ser a prueba de explosión conforme a la NOM-001-SEDE-2012 y estar verificada por unidad de verificación de instalaciones eléctricas.
- Los paros de emergencia deben estar accesibles, señalizados y probados.
- En el reglamento de construcción de la CDMX la estación cae en servicios urbanos u otros, donde el proyectista especifica los dispositivos conforme a la nota de la Tabla 4.4.1.1; el reglamento de cada estado puede resolverlo de otra manera.
Evacuación y señalización
- La NOM-002-STPS-2010 exige rutas de evacuación libres de obstáculos y una distancia no mayor de 40 m desde el punto más alejado.
- Las puertas de salida de emergencia abren en el sentido del flujo mediante operación simple de empuje, sin candados ni cerraduras que impidan su uso.
- Las áreas de riesgo alto requieren puertas resistentes al fuego.
- Debe haber iluminación de emergencia donde no exista luz natural suficiente.
- La señalización se rige por la NOM-003-SEGOB-2011 para protección civil y por la NOM-026-STPS-2008 para colores, señales de seguridad e identificación de riesgos por fluidos en tuberías.
- Los paros de emergencia deben estar señalizados y ubicados de modo que cualquier despachador pueda accionarlos sin recorrer la pista.
Brigadas, simulacros y capacitación
- El riesgo alto obliga a brigada contra incendio y a dos simulacros al año conforme a la NOM-002-STPS-2010.
- El numeral 11.3 exige capacitación en procedimientos de emergencia, nociones de rescate, operación del equipo contra incendio y manejo de materiales peligrosos.
- El entrenamiento debe cubrir escenarios específicos: derrame en pista, incendio en dispensario y maniobra segura de descarga de autotanque.
- Todo el personal despachador debe saber ubicar y accionar el paro de emergencia y los extintores.
- Conviene formalizar convenio de ayuda mutua con los bomberos locales dentro del plan de atención a emergencias.
Qué te va a pedir el inspector
En una inspección lo que se sanciona no es solo incumplir: es no poder acreditarlo documentalmente dentro del plazo señalado. Esta es la carpeta mínima de este giro.
Los tres errores que más se repiten
Es frecuente en estaciones pequeñas que se consideran de bajo movimiento. Cualquier gasolinera rebasa por mucho los 1,400 L de líquidos inflamables de la Tabla A.1, de modo que le aplican brigada obligatoria, dos simulacros al año y sistemas fijos contra incendio.
La conexión falta, está dañada o el personal no la conecta por prisa. Es el escenario de ignición más documentado del giro y está expresamente cubierto por la NOM-022-STPS-2015 sobre electricidad estática.
Se dejan a más de 10 m de recorrido para fuego clase B, cuando en riesgo alto esa es la distancia máxima salvo que el extintor sea del tipo móvil. Se acompaña de bitácoras mensuales sin firmar, que invalidan la evidencia ante el inspector.
Lo que le exige cada estado a una gasolinera y estación de servicio
Todo lo anterior es la obligación federal de la NOM-002-STPS-2010, idéntica en las 32 entidades. En paralelo corre el carril de protección civil, que sí cambia de un estado a otro: quién autoriza tu Programa Interno, cuánto dura, cuántos simulacros te exigen y si necesitas un consultor con registro estatal.
Cada ficha de abajo cruza las dos autoridades para este giro en concreto y publica el número que realmente tienes que planear, que siempre es el más exigente de los dos. La cifra al lado de cada estado son los simulacros anuales resultantes de ese cruce.
Una gasolinera y estación de servicio necesita, por la NOM-002, pide 2 simulacros al año. En 4 entidades la ley estatal pide más, y ahí el número que manda es el estatal: Morelos (6), Colima (4), Baja California (3), Jalisco (3).
Las fichas con borde punteado están en verificación contra el texto legal consolidado y salen con noindex: úsalas como orientación y confírmalas con la autoridad estatal. También puedes entrar por el índice de las 32 entidades y elegir el giro desde ahí.
¿Tu operación es mixta?
Un hotel con restaurante, una planta con almacén o una escuela con cocina responden por las dos cosas: la autoridad no evalúa el giro que declaraste, evalúa lo que encuentra en el inmueble. Revisa también la guía de la actividad secundaria.
El equipo que resuelve estos requisitos
Los requisitos de arriba se traducen en equipo concreto. La línea que más pesa en este giro es extintores y extinción, pero casi ninguna instalación se resuelve con una sola categoría. Antes de cotizar conviene tener la clasificación de riesgo de incendio hecha: de ese estudio dependen el número de extintores, la brigada y los sistemas fijos, y es lo primero que pide el inspector.
Aviso. Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. La normativa cambia y muchos requisitos varían por estado y municipio: verifica siempre con la autoridad local antes de tomar decisiones. Los requisitos de construcción y de protección civil varían por estado y municipio. Última revisión normativa: 5 de agosto de 2026.