Cumplimiento contra incendios
para empresas en
Quintana Roo
Las obligaciones federales de la NOM-002-STPS-2010 aplican igual en todo el país. Lo que cambia de un estado a otro es el carril de protección civil: quién autoriza tu Programa Interno, cuánto dura, cuántos simulacros te exigen y si necesitas un consultor con registro. Esto es lo que aplica en Quintana Roo.
El estado no impone caducidad legal al PIPC ni obliga a contratar consultor, e incluso da asesoría técnica gratuita. La carga real está en el municipio turístico —Benito Juárez, Solidaridad, Tulum—, que sí exige certificación del prestador, así que el requisito efectivo cambia según dónde esté el establecimiento.
Cubre el marco estatal. Los trámites de apertura, el visto bueno de bomberos y el reglamento de construcción son en su mayoría municipales y cambian dentro del mismo estado: verifícalos siempre con el ayuntamiento donde esté el inmueble. Última revisión: 5 de agosto de 2026.
Lo que exige Quintana Roo
Ley de Protección Civil del Estado de Quintana Roo
Publicada el 1 de junio de 2009 · última reforma POE 16 de julio de 2021Estatal con ejecución municipal delegada. La Coordinación Estatal verifica y supervisa los programas internos y puede actuar directamente o por conducto de la dependencia municipal (art. 72); el programa se inscribe en el Registro Estatal de Protección Civil (art. 62). Es obligatorio para inmuebles con afluencia masiva o que representen riesgo (art. 55).
La ley estatal no fija plazo de vigencia ni refrendo. El plazo efectivo lo determinan los reglamentos municipales de Benito Juárez, Solidaridad y Tulum.
Dos al año: escuelas, fábricas, comercios, oficinas y unidades habitacionales deben practicar simulacros cuando menos una vez cada seis meses (art. 73).
Municipal. Los ayuntamientos tienen a su cargo la prestación del servicio de bomberos, directamente, mediante entidades paraestatales o por convenio con los sectores social y privado (art. 40 BIS). No se localizó ley estatal de bomberos separada.
No es obligatorio para el titular, aunque sí está regulado el prestador. Quien preste servicios de protección civil debe estar inscrito en el Registro estatal (art. 81), pero el programa puede elaborarse internamente (art. 82) y el estado ofrece asesoría técnica gratuita a quien carece de recursos (art. 84). Es decir: si contratas, el despacho tiene que estar registrado; si lo haces en casa, no necesitas contratar a nadie
Qué necesita tu giro en Quintana Roo
Las cifras de cada tarjeta ya combinan las dos autoridades: el mínimo de simulacros es el más exigente entre lo que pide la NOM-002 según el riesgo del giro y lo que exige Quintana Roo. Entra a la guía de tu giro para el detalle de equipo, evacuación y expediente.
La grasa ardiendo no se apaga con polvo
Huéspedes dormidos que no conocen la ruta
Dos clasificaciones de riesgo, no una
La carga de fuego sube con cada tarima
El paciente no evacúa por su propio pie
Dos regímenes distintos bajo el mismo techo escolar
Aforo masivo con salidas que se obstruyen
Riesgo alto siempre, con ignición por estática
Una oficina en piso dos ya requiere rociadores
Cualquier cantidad de pirofórico ya es riesgo alto
La clasificación de riesgo de cada tarjeta es la típica del giro conforme a la Tabla A.1 de la NOM-002-STPS-2010. Tu caso concreto se determina con tu superficie construida y tus inventarios reales: un restaurante de más de 3,000 m² es riesgo alto aunque el giro suela ser ordinario.
En 2 de los 10 giros el piso de simulacros que fija Quintana Roo supera al de la NOM-002. Ahí el número que manda es el estatal: restaurantes, oficinas.
La guía nacional de cada giro
Las tarjetas de arriba resuelven Quintana Roo. Si lo que necesitas es el detalle técnico del giro —qué agente extintor sirve y cuál no, qué normas le aplican con su estatus real, qué se le atribuye a una NOM sin estar en ella— esa parte no cambia por entidad y vive en la guía nacional.
Lo federal aplica igual, vivas donde vivas
Todo lo anterior es el carril de protección civil. En paralelo corre el carril laboral federal, que no cambia por estado y que la Secretaría del Trabajo verifica por inspección sorpresa, sin licencia previa. Cumplir con uno no acredita el otro.
La NOM-002-STPS-2010 clasifica tu centro de trabajo en riesgo ordinario o alto, y de ahí cuelga todo: cuántos extintores, si necesitas brigada, cuántos simulacros federales y si te exigen sistemas fijos. Basta superar uno de estos umbrales para ser riesgo alto:
| Concepto | Ordinario | Alto |
|---|---|---|
| Superficie construida | Menor de 3 000 m² | Igual o mayor de 3 000 m² |
| Inventario de gases inflamables | Menor de 3 000 L | Igual o mayor de 3 000 L |
| Inventario de líquidos inflamables | Menor de 1 400 L | Igual o mayor de 1 400 L |
| Inventario de líquidos combustibles | Menor de 2 000 L | Igual o mayor de 2 000 L |
| Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliario | Menor de 15 000 kg | Igual o mayor de 15 000 kg |
| Materiales pirofóricos y explosivos | No aplica | Cualquier cantidad |
Los simulacros que exige Quintana Roo y los que exige la NOM-002 no son listas separadas que haya que duplicar, pero tampoco son automáticamente el mismo ejercicio: dependen de que el escenario, el alcance y la evidencia sirvan para ambas autoridades. Lo sensato es diseñar el calendario una sola vez, cubriendo el requisito más exigente de los dos.
Tres verificaciones que evitan repetir el trámite
Otros estados de la misma región
Si operas en más de una entidad, revisa cada una: comparten región, no normativa. El padrón de consultores tampoco es nacional, así que un tercero acreditado en Quintana Roo no habilita tu programa en el estado de al lado.
Ninguna de las 8 regiones comparte criterio normativo: es un agrupamiento geográfico, no jurídico. El índice completo de las 32 entidades está en el centro de cumplimiento, con buscador y filtros por consultor obligatorio y por número de simulacros.
Aviso. Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. La normativa cambia y muchos requisitos varían por estado y municipio: verifica siempre con la autoridad local antes de tomar decisiones. Esta ficha cubre el marco estatal; los trámites municipales varían dentro del mismo estado. Última revisión normativa de esta ficha: 5 de agosto de 2026.