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Península · Mérida
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Cumplimiento contra incendios
para empresas en
Yucatán

Las obligaciones federales de la NOM-002-STPS-2010 aplican igual en todo el país. Lo que cambia de un estado a otro es el carril de protección civil: quién autoriza tu Programa Interno, cuánto dura, cuántos simulacros te exigen y si necesitas un consultor con registro. Esto es lo que aplica en Yucatán.

Lo distintivo de este estado

Tiene un trámite estatal formal y tarifado de registro del programa interno ante PROCIVY, con costo de $2,036 pesos, vigencia de un año y resolución en 10 días hábiles. Lo verdaderamente distintivo es el aviso de no variación del art. 61: si no cambian las condiciones del inmueble ni la normativa, basta con avisar en lugar de rehacer el programa, hasta por cinco años consecutivos. Ningún otro estado lo permite.

Alcance de esta ficha

Cubre el marco estatal. Los trámites de apertura, el visto bueno de bomberos y el reglamento de construcción son en su mayoría municipales y cambian dentro del mismo estado: verifícalos siempre con el ayuntamiento donde esté el inmueble. Última revisión: 5 de agosto de 2026.

Marco estatal

Lo que exige Yucatán

Ley aplicable

Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán, y su Reglamento

DOGEY 20 de octubre de 2017 · última reforma 15 de marzo de 2024
Quién autoriza el Programa Interno

Depende del giro y del riesgo: corresponde a la coordinación estatal cuando se trate de inmuebles donde se presten servicios educativos, se manejen materiales peligrosos o pertenezcan a dependencias estatales; y a la coordinación municipal en inmuebles con presencia simultánea de más de 25 personas (art. 24). El registro estatal se presenta ante PROCIVY, incluso por la Plataforma de Trámites y Servicios.

Vigencia y revalidación del PIPC

Un año desde su expedición, con actualización anual. Pero si no han variado las condiciones del inmueble ni la normativa aplicable, basta con avisar de esa circunstancia (art. 61), hasta un máximo de cinco avisos consecutivos antes de tener que actualizarlo por completo.

Simulacros que exige el estado

Dos al año, uno cada seis meses, con un umbral de aplicación bajo y un candado documental. El artículo 37 alcanza a los inmuebles que puedan tener más de veinticinco personas simultáneas, sean o no empleados, y a los que presten servicios educativos o manejen materiales peligrosos: veinticinco personas es un piso mucho más bajo que la afluencia masiva de otros estados. Su fracción II obliga además a llevar registro de cada simulacro, con la acción realizada y los nombres de los empleados que intervinieron. No hacerlos con esa periodicidad es infracción grave por el artículo 87 fracción III, no leve

Cuerpo de bomberos

Municipal y administrado por patronato, con ley específica acotada a un solo municipio: la Ley que crea el Cuerpo de Bomberos del Municipio de Mérida, de 1948, cuya administración está a cargo de un patronato. No existe cuerpo de bomberos estatal ni ley general de bomberos para todo el estado.

Consultor o tercero acreditado

No es obligatorio contratarlo, pero sí está regulado quién puede hacerlo: solo las personas certificadas por la coordinación estatal pueden ejercer asesoría, capacitación o evaluación (art. 43). Quien no esté en posibilidad de cubrir los costos puede pedir asesoría técnica a la coordinación estatal.

Consultar el texto oficial de la ley
Por tipo de negocio

Qué necesita tu giro en Yucatán

Las cifras de cada tarjeta ya combinan las dos autoridades: el mínimo de simulacros es el más exigente entre lo que pide la NOM-002 según el riesgo del giro y lo que exige Yucatán. Entra a la guía de tu giro para el detalle de equipo, evacuación y expediente.

Riesgo ordinario 01
Restaurante y cocina comercial

La grasa ardiendo no se apaga con polvo

Extintores1 : 300 m²
Simulacros2 al año
BrigadaNo exigida
Sistemas fijosNo exigidos
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 02
Hotel y hospedaje

Huéspedes dormidos que no conocen la ruta

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 03
Industria, manufactura y parque industrial

Dos clasificaciones de riesgo, no una

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 04
Almacén, bodega y centro de distribución

La carga de fuego sube con cada tarima

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 05
Hospital, clínica y consultorio

El paciente no evacúa por su propio pie

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo variable 06
Escuela, guardería y estancia infantil

Dos regímenes distintos bajo el mismo techo escolar

Extintores1 : 300 m²
Simulacros2 al año
BrigadaNo exigida
Sistemas fijosNo exigidos
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 07
Centro comercial, cine y lugar de espectáculos

Aforo masivo con salidas que se obstruyen

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 08
Gasolinera y estación de servicio

Riesgo alto siempre, con ignición por estática

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo ordinario 09
Oficina corporativa y edificio de oficinas

Una oficina en piso dos ya requiere rociadores

Extintores1 : 300 m²
Simulacros2 al año
BrigadaNo exigida
Sistemas fijosNo exigidos
Ver requisitos en Yucatán
Riesgo alto 10
Almacenamiento y manejo de gas L.P. y sustancias químicas

Cualquier cantidad de pirofórico ya es riesgo alto

Extintores1 : 200 m²
Simulacros2 al año
BrigadaObligatoria
Sistemas fijosObligatorios
Ver requisitos en Yucatán

La clasificación de riesgo de cada tarjeta es la típica del giro conforme a la Tabla A.1 de la NOM-002-STPS-2010. Tu caso concreto se determina con tu superficie construida y tus inventarios reales: un restaurante de más de 3,000 m² es riesgo alto aunque el giro suela ser ordinario.

Dónde Yucatán pide más que la norma federal

En 2 de los 10 giros el piso de simulacros que fija Yucatán supera al de la NOM-002. Ahí el número que manda es el estatal: restaurantes, oficinas.

La otra entrada

La guía nacional de cada giro

Las tarjetas de arriba resuelven Yucatán. Si lo que necesitas es el detalle técnico del giro —qué agente extintor sirve y cuál no, qué normas le aplican con su estatus real, qué se le atribuye a una NOM sin estar en ella— esa parte no cambia por entidad y vive en la guía nacional.

El otro carril

Lo federal aplica igual, vivas donde vivas

Todo lo anterior es el carril de protección civil. En paralelo corre el carril laboral federal, que no cambia por estado y que la Secretaría del Trabajo verifica por inspección sorpresa, sin licencia previa. Cumplir con uno no acredita el otro.

La NOM-002-STPS-2010 clasifica tu centro de trabajo en riesgo ordinario o alto, y de ahí cuelga todo: cuántos extintores, si necesitas brigada, cuántos simulacros federales y si te exigen sistemas fijos. Basta superar uno de estos umbrales para ser riesgo alto:

ConceptoOrdinarioAlto
Superficie construidaMenor de 3 000 m²Igual o mayor de 3 000 m²
Inventario de gases inflamablesMenor de 3 000 LIgual o mayor de 3 000 L
Inventario de líquidos inflamablesMenor de 1 400 LIgual o mayor de 1 400 L
Inventario de líquidos combustiblesMenor de 2 000 LIgual o mayor de 2 000 L
Inventario de sólidos combustibles, incluido el mobiliarioMenor de 15 000 kgIgual o mayor de 15 000 kg
Materiales pirofóricos y explosivosNo aplicaCualquier cantidad
Cuidado con sumar simulacros

Los simulacros que exige Yucatán y los que exige la NOM-002 no son listas separadas que haya que duplicar, pero tampoco son automáticamente el mismo ejercicio: dependen de que el escenario, el alcance y la evidencia sirvan para ambas autoridades. Lo sensato es diseñar el calendario una sola vez, cubriendo el requisito más exigente de los dos.

Ver la ficha completa de la NOM-002-STPS-2010
Antes de contratar

Tres verificaciones que evitan repetir el trámite

Que el consultor tenga registro vigente en este estado. El registro no es nacional: un consultor acreditado en otra entidad no habilita tu programa aquí.
Que el municipio donde está el inmueble no imponga requisitos adicionales a los estatales. Es lo más común y lo que más retrasa la licencia.
Que el equipo que compres cumpla la NOM aplicable y no solo una norma internacional. NFPA y UL no sustituyen a la NOM ante un inspector mexicano.